Actualidad

Subvención para Compensar las Cuotas de la Seguridad Social durante la Incapacidad Temporal (Autónomos) – 2026

Descripción

Ayuda destinada a compensar el coste de las cuotas a la Seguridad Social que deben seguir abonando las personas trabajadoras autónomas durante una situación de incapacidad temporal (baja médica).

La subvención cubre los dos primeros meses de incapacidad temporal, o la parte proporcional que corresponda, siempre que las cuotas hayan sido efectivamente pagadas.

¿Quién puede solicitarla?

Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que:

Se encuentren en situación de incapacidad temporal.

Cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.

¿Qué gastos cubre?

La ayuda está destinada a compensar el pago de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a:

  • Los dos primeros meses de incapacidad temporal.
  • O la parte proporcional correspondiente cuando proceda.
  • Solo serán subvencionables las cuotas efectivamente abonadas y correspondientes al ejercicio 2026.

Presupuesto disponible: 600.000 €

La dotación podrá ampliarse si existe disponibilidad presupuestaria y la demanda de solicitudes lo requiere.

Modalidad de concesión

  • Concurrencia no competitiva

Las solicitudes se tramitan por orden de presentación y cumplimiento de requisitos, sin comparación entre proyectos ni baremación competitiva.

Fechas clave

  • Apertura de solicitudes: 3 de junio de 2026
  • Fin de presentación: 15 de octubre de 2026

Además:

  • La solicitud debe presentarse en un plazo máximo de dos meses desde la finalización del periodo subvencionable de incapacidad temporal.
  • Las personas que hubieran estado de baja antes de la apertura de la convocatoria disponen de dos meses desde la publicación de la convocatoria para presentar su solicitud.

Cómo presentar la solicitud

La tramitación debe realizarse obligatoriamente por vía electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Información importante

  • Compatible con situaciones de incapacidad temporal iniciadas en 2026.
  • Solo se subvencionan cuotas efectivamente abonadas.
  • La ayuda cubre como máximo los dos primeros meses de baja.
  • Procedimiento simplificado mediante concurrencia no competitiva.

 Esta ayuda puede interesarte si…

  • Eres autónomo/a y:
  • Has estado de baja médica durante 2026.
  • Has continuado pagando tu cuota de autónomos durante ese periodo.
  •  Quieres recuperar parte del coste soportado durante los primeros meses de incapacidad temporal.

Más información: Boletín Oficial de Canarias.